Huelga de TCP: 4 derechos que tienen todos los pasajeros

Es habitual, más aún cuando se aproximan fechas vacacionales, escuchar ruido sobre posibles huelgas que pueden afectar a los vuelos aéreos, por ejemplo, la reciente convocatoria de huelga de los tripulantes de cabina de Vueling en Francia. Esta situación puede afectar mucho a los viajeros, viendo como sus vuelos se cancelas o sufren importantes retrasos.

Lo que no todo el mundo sabe, es que los usuarios tienen derecho a ciertas indemnizaciones, siempre y cuando se cumpla con lo establecido en el Reglamento Europeo 261.

Sabiendo esto, todos aquellos pasajeros que sufran un gran retraso (superior a 3 horas) o la cancelación de su vuelo (si avisan de la cancelación con menos de dos semanas de antelación) por la huelga de los TCP de Vueling en el país vecino, podrán reclamar una compensación económica de entre 250 y 600 euros”, aclara Ana Rodríguez, directora de operaciones de la compañía online de servicios legales.

4 derechos, sin excepciones

Si te tienes que enfrentar a esta situación, es importante que conozcas algunos derechos que te corresponden.

1. Derecho a recibir atención

Los afectados pueden solicitar a la compañía aérea comida, bebida, así como alojamiento y uso de vías de comunicación, como teléfono o email. Todo ello sin perjuicio económico para el pasajero y siempre que la demora en la salida del avión supere las dos horas. Además, la aerolínea deberá asumir el coste del traslado a otro aeropuerto o desde el hotel al aeródromo si fuera necesaria la pernoctación como consecuencia de la huelga.

2. Derecho a indemnización

Como se comentaba anteriormente, los pasajeros que se vean afectados por los paros podrán reclamar una indemnización de entre 250 y 600 euros, en función de la distancia del vuelo. Por ejemplo, para un vuelo París-Barcelona, cuya distancia es inferior a 1.500 km, la indemnización sería de 250 euros si el vuelo se retrasa más de tres horas en la llegada a su destino.

3. Derecho a reembolso del billete o transporte alternativo

Además de la compensación por retraso o cancelación de vuelo, si el pasajero sufre una cancelación, y no encaja con su itinerario el viaje alternativo que esta compañía le ofrezca, tendrá derecho al reembolso del billete.

También tendrá derecho a reembolso si la aerolínea no le ofrece ningún tipo de transporte alternativo.

Si el pasajero acepta el transporte alternativo, no tendrá derecho a que la compañía le devuelva el importe pagado por el billete, pero sí a la indemnización, comprendida entre 250 y 600 euros.

4. Derecho a reclamar los daños materiales causados por la huelga

Los usuarios también pueden reclamar, junto con las compensaciones económicas, los gastos de manutención, noches de hotel si han tenido que abonarlas, taxis u otros medios de transporte, así como cualquier desembolso extra que el incidente en el vuelo le haya ocasionado, siempre que se pueda acreditar que está relacionado con la incidencia.

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